En España, es obligatorio que todos los ciudadanos estén empadronados en el municipio donde residen. Hacerlo te permite acceder a muchos trámites importantes como la escolarización de los menores, abrir una cuenta en el banco, tener derecho a la asistencia sanitaria u obtener ayudas y beneficios sociales como el ingreso de la Renta Mínima Garantizada. ¿Esta obligación incluye a los okupas? En este artículo hablaremos en detalle de si realmente un okupa puede empadronarse en la vivienda ocupada y cómo afectaría al proceso de desalojo.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local dicta el derecho y el deber que todos los ciudadanos españoles tienen que estar empadronados en su domicilio actual. Y sí, eso también se aplica a los okupas y su lugar de residencia, es decir, la casa ocupada ilegalmente. Según el BOE, la obligación de empadronarse es independiente del hecho que la vivienda donde residas sea tuya, una infravivienda (como, por ejemplo, una chabola, una caravana o una cueva) o incluso no exista, como en el caso de las personas sin hogar. Esta ley no tiene en consideración las condiciones de higiene y salubridad de la vivienda, ni interfiere en cualquier controversia jurídica privada sobre la titularidad de la vivienda.
Para empadronarse no es necesario tener un título de propiedad de la vivienda ni un contrato de alquiler, hay otras opciones disponibles para realizar este proceso. En el caso de empadronamiento en viviendas en las que ya vivían personas anteriormente, se necesita una autorización por escrito de una de esas personas mayores de edad. Como es de esperar, en ese caso los ocupas no conseguirán esta acreditación.
No obstante, en los casos en que las propiedades están vacías y no consta nadie empadronado, los okupas no tienen opción a obtener esa autorización previa y el Ayuntamiento se verá obligado a solicitar el empadronamiento de igual forma. El consistorio se podría negar en caso de que el desalojo de esa vivienda ocupada ilegalmente sea inminente.
Por lo tanto, sí, un okupa puede empadronarse en la vivienda que ha ocupado ilegalmente. Sin embargo, esto te impedirá ni dificultará el proceso civil o penal de desalojo de esta propiedad. Por el contrario, en algunos casos, esto podría resultar una ventaja para el propietario de esa vivienda ocupada. Si los okupas se han empadronado en tu propiedad, estos quedan oficialmente identificados en el censo municipal y esto facilitará el proceso de identificación del caso, tanto para los cuerpos policiales como para las empresas de desocupación, como Antiokupa Tarraco.
Sea cual sea tu caso, en Antiokupa Tarraco te asesoraremos para que puedas recuperar tu vivienda lo antes posible. Una vez conozcamos tu caso, seguiremos el protocolo correspondiente, siguiendo las recomendaciones de nuestro equipo jurídico. Si te encuentras en esta situación, no dudes en contactar con nosotros ¡Te ayudaremos!